Desaparición
forzada
"La privación de la libertad de una o más personas, cualquiera que
fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas
que actúen con la autorización, el apoyo o el consentimiento del Estado,
seguida de la falta de información o de la negativa de reconocer dicha
privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo
cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías
procesales pertinentes".
Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas,
artículo 2 en la Ley 16.724.
El caso de la
maestra Elena Quinteros
Elena Quinteros era militante del Partido
por la Victoria del Pueblo y se encontraba requerida por las Fuerzas Conjuntas.
Fue detenida el 26 de junio de 1976 y entregada al Batallón de infantería N° 13,
donde fue torturada. Planeó su fuga y logró convencer a sus captores de que los
conduciría hasta un contacto, en una esquina de la ciudad. El 28 de junio,
alrededor de los 10 de la mañana, llegaron al lugar. Elena se dirigió a
encontrarse con su falso contacto y comenzó o correr hasta alcanzar el predio
de la Embajada de Venezuela, mientras gritaba su nombre y profesión, los
funcionarios policiales lograron alcanzarla e invadieron la sede diplomática para
arrebatarla de allí y conducirlo nuevamente al vehículo policial. La Embajada
solicitó la entrega de la mujer que había sido secuestrada de suelo
venezolano. Un memorándum secreto del Ministerio de Relaciones Exteriores, datado
en julio de 1976, presento las ventajas y desventajas de entregar a Elena
Quinteros al gobierno venezolano.
"Entregar
a lo mujer: Tendrá las siguientes ventajas: 1) Evitar el rompimiento de relaciones
diplomáticos con Venezuela y todos las consecuencias y problemas conexos. 2)
Radicaría nuestra posición de cumplidores fieles de nuestros compromisos internacionales.
3) Constituiría una posición explotable internacionalmente a nuestro favor.
Desventajas: 1) Apareceríamos haciendo lo entrega bajo presión de Venezuela. 2) Reconoceríamos la comisión de un acto ilícito y tendría que afirmarse sanción o los responsables. 3) Lo mujer podría hacer declaraciones en nuestro contra. 4) Los elementos anteriores podrán ser explotados contra nosotros…”
Desventajas: 1) Apareceríamos haciendo lo entrega bajo presión de Venezuela. 2) Reconoceríamos la comisión de un acto ilícito y tendría que afirmarse sanción o los responsables. 3) Lo mujer podría hacer declaraciones en nuestro contra. 4) Los elementos anteriores podrán ser explotados contra nosotros…”
Elena Quinteros no
fue entregada y Venezuela rompió relaciones diplomáticas con Uruguay. Según el
informe final de la Comisión para la Paz, creada por el presidente Jorge Batlle,
Elena fue ejecutado en los primeros días de noviembre de 1976. En el año 2002,
26 años después del secuestro, los investigaciones realizadas en cumplimiento
del artículo 4° de la ley
de Caducidad llevaron a lo cárcel al canciller de la época quien fue
considerado el principal responsable de los hechos.
Citado en Alvaro
Rico, Investigación histórica de detenidos desaparecidos. Presidencia de lo
Repúblico, IMPO, 2007, tomo i, fichas personales.
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